Reconocimiento del derecho a ala ayudad económica del artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero, dirigida a mujeres víctimas de violencia de genero para las que quede acreditada insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo.
Plazo de Solicitud: durante la vigencia de orden de protección o de las medidas de protección a favor de la mujer establecidas en la sentencia condenatoria.